18 de Septiembre del 2026.- Puede identificar cannabis, cocaína, anfetaminas, metanfetaminas y opiáceos, dependiendo del dispositivo utilizado. Pero conviene entender qué puede decir y qué no: un resultado positivo no diagnostica una adicción ni permite establecer, por sí solo, cuánto consumió una persona.
Cuando una fiscalización arroja un resultado positivo, se activa el procedimiento establecido por la ley y puede realizarse una prueba confirmatoria en sangre, bajo protocolos del Servicio Médico Legal. La legislación prohíbe conducir, operar maquinaria o desempeñar funciones críticas de tránsito bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas. También contempla sanciones para quienes se nieguen injustificadamente a las pruebas previstas. En accidentes con lesiones graves o muerte, las consecuencias pueden ser especialmente severas.
El problema es que las drogas no afectan de una sola manera. El cannabis puede alterar la atención, la percepción del tiempo, la coordinación y la velocidad de reacción. La cocaína y otros estimulantes pueden generar euforia, impulsividad y una falsa sensación de control. Los opioides, en cambio, pueden provocar somnolencia y depresión respiratoria. Algo similar ocurre con algunos medicamentos sedantes, como las benzodiacepinas, especialmente cuando se combinan con alcohol.
Tampoco existen trucos caseros para volver a estar en condiciones de conducir. Mascar chicle, comer, beber agua o usar enjuague bucal no elimina el deterioro psicomotor. La decisión más segura es mucho más simple: si hubo consumo de drogas, no conducir. Y ante signos como dolor torácico, convulsiones, agitación extrema, pérdida de conciencia o respiración lenta, corresponde solicitar atención urgente al 131 e informar qué sustancias podrían estar involucradas.
Fernando Torres – Toxicólogo y director Escuela de Química y Farmacia UNAB








