17 de Agosto del 2026.- El reciente acuerdo alcanzado por Anthropic con un grupo de autores, por una cifra que alcanzaría los US$1.500 millones, puede marcar un punto de inflexión. Aunque un acuerdo judicial no equivale a una sentencia que establezca una regla general, su magnitud transmite una señal difícil de ignorar, cual es, que el desarrollo de la inteligencia artificial no puede construirse sobre la premisa de que todo contenido disponible es libremente utilizable. El debate exige equilibrio. Los sistemas de IA necesitan enormes cantidades de información para ser desarrollados y entrenados. Imponer barreras excesivas puede afectar la innovación, aumentar los costos de entrada y favorecer a las empresas con mayor capacidad económica. Pero facilitar el desarrollo tecnológico tampoco puede significar desconocer los derechos de quienes crean las obras que lo hacen posible.
La discusión se ha planteado como una elección entre permitir el uso irrestricto de obras protegidas o frenar la innovación. Esa dicotomía es falsa. Es posible desarrollar mecanismos de licenciamiento, remuneración y gestión colectiva que permitan compatibilizar ambos intereses. El caso Anthropic demuestra, además, que la discusión comienza a trasladarse desde los tribunales hacia el mercado. Si las obras protegidas son un insumo valioso para desarrollar modelos cada vez más sofisticados, cabe preguntarse por qué ese valor debería ser absorbido gratuitamente por quienes desarrollan la tecnología, dejando fuera de la cadena económica a quienes crearon esos contenidos.
Y es aquí donde el debate adquiere especial relevancia para Chile. Mientras internacionalmente comienzan a surgir acuerdos y mecanismos de remuneración por el uso de contenidos para inteligencia artificial, nuestro país discute una reforma a la Ley de Propiedad Intelectual que contempla una nueva excepción para la minería de textos y datos.
Resultaría paradójico que, precisamente cuando el mercado comienza a reconocer el valor económico de los contenidos utilizados para desarrollar IA, Chile avance en la dirección contraria, ampliando su utilización sin autorización previa y trasladando a los titulares la carga de excluirse mediante mecanismos de opt-out.
La cuestión supone decidir cómo distribuimos los costos de la innovación. ¿Debe quien desarrolla una inteligencia artificial obtener los derechos necesarios para utilizar contenidos protegidos o debe cada autor, periodista, fotógrafo o editorial vigilar activamente que sus obras no sean utilizadas y manifestar su oposición? El desafío no consiste en elegir entre inteligencia artificial y propiedad intelectual. Consiste en diseñar reglas que permitan que ambas convivan y que el valor generado por esta revolución tecnológica no se concentre exclusivamente en quienes tienen la capacidad de procesar los contenidos, excluyendo a quienes los crearon.
Chile todavía está a tiempo de observar hacia dónde avanza esta discusión antes de definir sus propias reglas. Porque la inteligencia artificial necesita datos para aprender. Pero que los necesite no significa que tenga derecho a obtenerlos gratuitamente.
Agustina Davis Komlos. Abogada. Mg. International Law and Legal Studies – Universidad de Heidelberg. Master of Laws sobre propiedad intelectual por la Universidad de Melbourne.









