{"id":26748,"date":"2025-02-14T08:10:00","date_gmt":"2025-02-14T11:10:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/?p=26748"},"modified":"2025-02-14T23:36:10","modified_gmt":"2025-02-15T02:36:10","slug":"sma-ordena-adoptar-medidas-urgentes-por-la-operacion-del-vertedero-osorno","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/?p=26748","title":{"rendered":"SMA ordena adoptar medidas urgentes por la operaci\u00f3n del Vertedero Osorno."},"content":{"rendered":"\n<p><strong><mark style=\"background-color:#abb8c3\" class=\"has-inline-color has-white-color\">14 de febrero del 2024.-<\/mark><\/strong> La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) orden\u00f3 medidas urgentes y transitorias a la Municipalidad de Osorno por la operaci\u00f3n del proyecto \u201cEstudio y Dise\u00f1o Plan de Cierre Vertedero Comuna de Osorno\u201d (RCA N\u00b0438\/2010), ubicado a una distancia aproximada de 470 metros de la comunidad vecinal del sector rural de Curaco, en la comuna de Osorno, Regi\u00f3n de Los Lagos.<\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto consiste en la ejecuci\u00f3n de medidas de saneamiento ambiental para realizar el cierre del vertedero y el abandono definitivo del sitio, que actualmente recepciona los residuos s\u00f3lidos domiciliarios de las comunas de Purranque, San Juan de la Costa, Puyehue, San Pablo, Puerto Octay, Rio Negro y Osorno, principalmente.<\/p>\n\n\n\n<p>Cabe destacar que, en la RCA del proyecto, para efectos del sistema de manejo de lixiviados, se estableci\u00f3, entre otras exigencias, que no se contemplaba la descarga de lixiviados a cursos de agua superficiales, adem\u00e1s de considerar dos piscinas de acumulaci\u00f3n y la instalaci\u00f3n de drenes en el sector norte y sur del vertedero, con el prop\u00f3sito de dirigir los lixiviados hacia las piscinas de acumulaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En este contexto, en noviembre de 2024, la SMA recibi\u00f3 una denuncia por un manejo deficiente de los lixiviados generados por el proyecto, lo que implicar\u00eda un aumento en la proliferaci\u00f3n de vectores, adem\u00e1s de olores molestos.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, como resultado de las actividades de fiscalizaci\u00f3n realizadas por la SMA el 16 de noviembre de 2024 y en enero del presente a\u00f1o -las cuales incluyeron requerimientos de informaci\u00f3n a la Municipalidad e inspecciones ambientales en terreno- se constat\u00f3, entre otros aspectos, el escurrimiento de lixiviados desde el sector sur del vertedero, en direcci\u00f3n al canal de aguas lluvias ubicado paralelo y colindante al camino vecinal, en el sector noroeste.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;Tambi\u00e9n se verific\u00f3 que, sobre el canal de aguas lluvias en el sector suroeste, que desemboca en el estero Sin Nombre \u2014tributario del estero Curaco\u2014 se realiz\u00f3 una canalizaci\u00f3n para la recolecci\u00f3n de lixiviados, los cuales se encuentran retenidos en su interior. Adem\u00e1s, se observ\u00f3 el aposamiento de aguas lluvias con lixiviados en el sector sur, que afecta parte del terreno vecino, con un frente de trabajo amplio, sin material de cobertura, y residuos expuestos en los bordes de los taludes basales, situados paralelamente a los canales de aguas lluvias.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, es importante agregar que, en septiembre de 2018, la SMA formul\u00f3 cargos en contra de la Municipalidad, por manejo deficiente de lixiviados, dando cuenta de una persistencia en el actuar del titular.<\/p>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n a las medidas, la Superintendenta (s) Claudia Pastore explic\u00f3 que \u201cestas medidas buscan resguardar la afectaci\u00f3n al medioambiente y la salud de las personas, considerando el riesgo que hoy supone la operaci\u00f3n del vertedero debido a la presencia de lixiviados en los canales de aguas lluvias, generando olores molestos e incremento de la presencia de vectores\u201d. Igualmente, se\u00f1al\u00f3 que \u201ces importante reiterar a los titulares de proyectos que las medidas establecidas en sus permisos ambientales, para su operaci\u00f3n constituyen una obligaci\u00f3n de car\u00e1cter permanente\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Tras el an\u00e1lisis de los antecedentes, la SMA resolvi\u00f3 ordenar las siguientes medidas que deben ser ejecutadas en los plazos que se indican:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Controlar todas las descargas de lixiviados (crudos o mezclados con aguas lluvias) hacia sectores no autorizados y proceder a su retiro, traslado y disposici\u00f3n final, ejecutando las siguientes acciones:<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Retiro, traslado y disposici\u00f3n en lugar autorizado de los lixiviados que forman el aposamiento en el sector sur, en el l\u00edmite con el predio vecino<a>. Esta medida deber\u00e1 ejecutarse en un plazo de 30 d\u00edas corridos.<\/a><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Retiro de las aguas de contacto y de los lixiviados que se generen en el sector sur del vertedero (donde actualmente se disponen residuos) y acreditar su disposici\u00f3n final en lugar autorizado. Esta medida deber\u00e1 ejecutarse durante 6 meses o hasta que se haya construido el sistema de drenes para la conducci\u00f3n de los lixiviados a las piscinas consideradas en la RCA N\u00b0438\/2010, si aconteciere antes.<\/li>\n\n\n\n<li>Presentar cronograma respecto al manejo de las aguas de contacto y lixiviados generados por los residuos en el \u00e1rea de disposici\u00f3n actual (sector Sur), que considere acciones para la construcci\u00f3n y funcionamiento del sistema de drenes con el fin de captar y dirigir los lixiviados a las piscinas. Esta medida deber\u00e1 reportarse dentro del plazo de 10 d\u00edas corridos.<\/li>\n\n\n\n<li>Retiro, traslado y disposici\u00f3n en lugar autorizado de los lixiviados que se encuentran al interior de los canales perimetrales de aguas lluvias. <a>La implementaci\u00f3n de esta medida deber\u00e1 reportarse <\/a>dentro del plazo de 15 d\u00edas corridos.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Respecto al manejo de residuos:<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Realizar una cobertura general de los residuos expuestos en los bordes de los taludes basales que se encuentran en forma paralela a los canales de aguas lluvias, en los sectores suroeste, noroeste y norte, efectuando un reordenamiento y mejora en los casos que sea necesario de los taludes. Esta medida deber\u00e1 ejecutarse en un plazo de 60 d\u00edas corridos.<\/li>\n\n\n\n<li>Realizar la cobertura diaria sobre la masa de residuos del frente de trabajo, mediante una capa de material, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N\u00b0189\/2008, del Ministerio de Salud, al final de cada d\u00eda de operaci\u00f3n. Esta medida deber\u00e1 ejecutarse en un plazo de 60 d\u00edas corridos. Cabe tener presente que esta exigencia debe cumplirse de forma permanente, conforme lo dispuesto en el art\u00edculo 37 del D.S. N\u00b0189\/2008, del Ministerio de Salud.<\/li>\n\n\n\n<li>Disminuci\u00f3n del frente de trabajo: mantener un frente de trabajo del menor ancho posible, conforme lo establece el art\u00edculo 19 del D.S. N\u00b0189\/2008, del Ministerio de Salud, a efectos de permitir la adecuada descarga de los camiones y operaci\u00f3n de la maquinaria pesada. Esta medida deber\u00e1 ejecutarse dentro del plazo de 30 d\u00edas corridos.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Presentar un programa de monitoreo de aguas superficiales y subterr\u00e1neas que considere la ejecuci\u00f3n de mediciones y an\u00e1lisis de la calidad de las aguas superficiales (Estero Sin Nombre y estero Curaco) y subterr\u00e1neas por parte de una Entidad T\u00e9cnica de Fiscalizaci\u00f3n Ambiental autorizada por esta Superintendencia. El programa de monitoreo debe presentarse en el plazo de 10 d\u00edas corridos. Luego, se tendr\u00e1 60 d\u00edas corridos para realizar el muestreo, a partir de la presentaci\u00f3n del programa. Finalmente, tras el muestreo, se dispone de 30 d\u00edas corridos para presentar el informe con el an\u00e1lisis de los resultados.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Para m\u00e1s informaci\u00f3n, ingrese a este enlace del Sistema Nacional de Informaci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Ambiental (SNIFA): <a href=\"https:\/\/snifa.sma.gob.cl\/MedidaProvisional\/Ficha\/500\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">https:\/\/snifa.sma.gob.cl\/MedidaProvisional\/Ficha\/500<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Superintendencia del Medio Ambiente orden\u00f3 al municipio, la adopci\u00f3n de ocho medidas relacionadas con el control de la descarga de lixiviados y el manejo de residuos, por un plazo de hasta seis meses. <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":26749,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[3,8,3608,9,3690,2483,2484],"tags":[2118,337,273,247,133],"class_list":["post-26748","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-al-dia","category-comunas","category-estado","category-gobierno","category-medio-ambiente","category-region","category-salud","tag-semanariolocal","tag-informacion","tag-noticias","tag-region-de-los-lagos","tag-semanario-local"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/26748","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=26748"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/26748\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":26751,"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/26748\/revisions\/26751"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/26749"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=26748"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=26748"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=26748"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}