{"id":12049,"date":"2023-04-28T16:29:30","date_gmt":"2023-04-28T20:29:30","guid":{"rendered":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/?p=12049"},"modified":"2023-04-28T16:36:19","modified_gmt":"2023-04-28T20:36:19","slug":"llaman-a-respetar-el-feriado-obligatorio-e-irrenunciable-del-primero-de-mayo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/?p=12049","title":{"rendered":"Llaman a respetar el feriado obligatorio e irrenunciable del primero de mayo"},"content":{"rendered":"\n<p>Un llamado a respetar el feriado obligatorio e irrenunciable para trabajadores y trabajadoras del comercio durante el pr\u00f3ximo lunes 1 de mayo hizo este viernes el Seremi del Trabajo y Previsi\u00f3n Social, \u00c1ngel Cabrera, junto al director regional del Trabajo, Claudio Salas.<\/p>\n\n\n\n<p>El 1 de mayo es uno de los cinco feriados obligatorios e irrenunciables en el comercio, tal como el del 1 de enero, 18 y 19 de septiembre y 25 de diciembre, establecidos como tales a fines de 2007.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEl feriado obligatorio e irrenunciable del 1 de mayo se\u00f1ala que los trabajadores del comercio tendr\u00e1n que estar fuera de su lugar de trabajo a las 21:00 horas del domingo 30 de abril y hasta las 06:00 horas del martes 2 de mayo. La excepci\u00f3n horaria aplica para aquellos dependientes que laboren en turnos rotativos de trabajo, caso en el cual estos podr\u00edan prestar servicios entre las 21:00 y las 00:00 horas del d\u00eda 30 de abril o entre 00:00 y las 06:00 del d\u00eda 2 de mayo\u201d, inform\u00f3 el Seremi del Trabajo y Previsi\u00f3n Social, \u00c1ngel Cabrera.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEsta es una norma obligatoria e irrenunciable a favor de los trabajadores y las trabajadoras del comercio para que puedan descansar junto a sus familias, m\u00e1s a\u00fan en una fecha de tanto simbolismo para el mundo del trabajo\u201d, agreg\u00f3 el Seremi Cabrera.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, el director regional del Trabajo, Claudio Salas, record\u00f3 que las multas en este caso son consideradas grav\u00edsimas \u00aby pueden superar el mill\u00f3n 200 mil pesos\u00bb, enfatizando que \u00ablos empleadores deben tener presente que no respetar el feriado es una infracci\u00f3n sancionada con multas aplicadas por cada trabajador sorprendido en infracci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEsta vez la DT fiscalizar\u00e1 dos materias: el feriado como tal y el descanso de los trabajadores del comercio que cumplieron turnos para el mismo empleador el 1 de mayo de 2022. Esto \u00faltimo, en virtud de una norma vigente desde mayo de 2016 que permite este reposo alternado bianual para los dependientes del comercio exceptuados del feriado\u201d, precis\u00f3 Salas.<\/p>\n\n\n\n<p>Si durante las fiscalizaciones -que se realizar\u00e1n en respuesta a denuncia, y tambi\u00e9n fruto de recorridos en terreno o por conocimiento a trav\u00e9s de medios locales o regionales- se detecta trabajadores laborando, se deber\u00e1 suspender sus turnos y cursar la multa correspondiente a sus empleadores.<\/p>\n\n\n\n<p>Las denuncias ser\u00e1n recibidas durante el lunes 1 de mayo:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>En el Canal de Atenci\u00f3n Telef\u00f3nico (600 450 4000), hasta las 15:00 horas.<\/li>\n\n\n\n<li>En el sitio web institucional (www.dt.gob.cl), desde las 00:00 hasta las 15:00 horas.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>SANCIONES<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>En caso de no cumplir con este feriado obligatorio e irrenunciable, las infracciones ser\u00e1n sancionadas con multas que van desde las 5 UTM ($315.370 al mes de mayo de 2023) hasta 20 UTM ($1.261.480 al mes de mayo de 2023) por cada trabajador afectado por la infracci\u00f3n, considerando el n\u00famero de trabajadores total de la empresa. (Inc. final, Art. 2. Ley 19.973).<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>De 1 a 9 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.<\/li>\n\n\n\n<li>De 10 a 49 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.<\/li>\n\n\n\n<li>50 a 199 trabajadores: 10 UTM por cada trabajador afectado.<\/li>\n\n\n\n<li>De 200 y m\u00e1s trabajadores: 20 UTM por cada trabajador afectado.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Los trabajadores en infracci\u00f3n deber\u00e1n cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de no otorgar el descanso alternado a los trabajadores que laboraron en el mismo feriado del a\u00f1o anterior, las multas van desde las 5 UTM ($315.370 al mes de mayo de 2023) hasta 20 UTM ($1.261.480 al mes de mayo de 2023) por cada trabajador afectado por la infracci\u00f3n, considerando el n\u00famero de trabajadores total de la empresa. (Inc. final, Art. 2. Ley 19.973).<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>De 1 a 9 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.<\/li>\n\n\n\n<li>De 10 a 49 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.<\/li>\n\n\n\n<li>De 50 a 199 trabajadores: 10 UTM por cada trabajador afectado.<\/li>\n\n\n\n<li>De 200 y m\u00e1s trabajadores: 20 UTM por cada trabajador afectado.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>NORMAS<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>El feriado obligatorio e irrenunciable del 1 de mayo impone que el comercio debe estar cerrado desde las 21:00 horas del domingo 30 de abril y hasta las 06:00 horas del martes 2 de mayo, salvo que los dependientes laboren en turnos rotativos, caso en el cual estos podr\u00edan prestar servicios entre las 21:00 y las 00:00 horas del d\u00eda 30 de abril o entre 00:00 y las 06:00 del d\u00eda 2 de mayo cuando el respectivo turno incida en dichos per\u00edodos.<\/p>\n\n\n\n<p>Son favorecidos los trabajadores del comercio cuyas labores se relacionen con el expendio o venta directa al p\u00fablico y tambi\u00e9n quienes cumplen labores \u00edntimamente ligadas con esa funci\u00f3n, como cajeros y empaquetadores. No gozan de este beneficio quienes cumplen otras funciones no directamente ligadas con la venta. Por ejemplo: tareas administrativas, de bodegaje, reposici\u00f3n y transporte de mercader\u00eda, vigilancia de seguridad.<\/p>\n\n\n\n<p>Se except\u00faan del feriado irrenunciable los trabajadores del comercio de clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento (cines, espect\u00e1culos en vivo, discotecas, pub, cabaret), locales comerciales en los aer\u00f3dromos civiles p\u00fablicos y aeropuertos, casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; y expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Tambi\u00e9n deben trabajar los dependientes de las llamadas \u00abtiendas de conveniencia\u00bb adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados all\u00ed mismo.<\/p>\n\n\n\n<p>Todos estos trabajadores s\u00ed tendr\u00e1n derecho a tomar descanso a lo menos una vez cada dos a\u00f1os si contin\u00faan contratados por el mismo empleador, seg\u00fan la ley 20.918. En virtud de ella, los trabajadores pueden pactar con su empleador la rotaci\u00f3n del personal necesaria para este fin. Es decir, si un trabajador labor\u00f3 el 1 de mayo del 2022 y contin\u00faa trabajando para el mismo empleador, esta vez deber\u00e1 descansar.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ello, y poni\u00e9ndose en el caso de cada uno de los otros cuatro feriados obligatorios e irrenunciables, el director del Trabajo llam\u00f3 a los empleadores a precaver infracciones a este descanso bianual alternado, organizando sus turnos con antelaci\u00f3n, suscribiendo el respectivo pacto.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abPor ejemplo, si tomamos este 1 de mayo como base, el empleador de un restaurante deber\u00eda atender esta vez con un grupo de sus trabajadores, reservando a otro grupo para que atienda el 1 de mayo del 2024. Ello, porque los que atiendan ahora descansar\u00e1n el pr\u00f3ximo 1 de mayo\u00bb, dijo la autoridad fiscalizadora.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, la autoridad record\u00f3 que \u00abes importante se\u00f1alar que los locales comerciales atendidos por sus propios due\u00f1os y\/o familiares directos pueden abrir porque no existe relaci\u00f3n laboral en este caso\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Multas pueden superar el mill\u00f3n de pesos por cada trabajador en infracci\u00f3n. Aquellos locales que sean atendidos por sus propios due\u00f1os y\/o familiares directos s\u00ed podr\u00e1n funcionar.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":12050,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[3,9,6],"tags":[337,273,132,247,133,839],"class_list":["post-12049","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-al-dia","category-gobierno","category-politica","tag-informacion","tag-noticias","tag-osorno","tag-region-de-los-lagos","tag-semanario-local","tag-seremi-del-trabajo"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/12049","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=12049"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/12049\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":12053,"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/12049\/revisions\/12053"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/12050"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=12049"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=12049"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.semanariolocal.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=12049"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}